El catedrático de Viticultura de la UR y director de este proyecto, Fernando Martínez de Toda, ha indicado a EFE que el objetivo inicial era tratar de establecer unas condiciones concretas y más exigentes que debe cumplir el viñedo para poder acogerse a este nuevo tipo de seguro, denominado "viñedo de características específicas", en las diferentes DO y Vinos de Pago.
Este año, por primera vez, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado esas condiciones fijadas en el estudio de la UR a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (Enesa), que, según Martínez de Toda, estaba interesada en incorporar al seguro agrario las aspectos diferenciales que caracterizan los viñedos de alta calidad para adecuar la normativa del seguro a esos viñedos.
"Se trataba de establecer un nuevo seguro que cubriera, no sólo la cantidad, como viene siendo habitual hasta ahora en el seguro del viñedo, sino también la calidad de la producción vitícola".
Los trabajos de este grupo de expertos se iniciaron en 2006 y han permitido analizar las condiciones concretas de once DO: Rioja, Ribera del Duero, Rueda, Somontano, Bierzo, Navarra, Jerez, Penedés, Priorato, Toro y Rías Baixas.
La metodología ha consistido en analizar las condiciones concretas establecidas para las once DO, que se han tratado de forma específica, y fijar unas condiciones medias, generales y aplicables a cualquier otra Denominación de Origen o Vino de Pago.
La propuesta definitiva de las condiciones de incorporación de la cobertura de calidad en el seguro agrario de uva de vinificación para las DO en general y los Vinos de Pago fija las condiciones técnicas mínimas de cultivo para producir uva de la más alta calidad a través de la observación de unos parámetros "sencillos, objetivos y precisos".
Ello lo hace a través de dos parámetros fundamentales, como la relación entre la superficie foliar expuesta y la producción de uva, y el vigor del viñedo, que son factores perfectamente estimables por el perito e, incluso, por el propio viticultor, ha añadido.
Se ha determinado que serán asegurables bajo esta especificación aquellas parcelas de las DO y Vinos de Pago plantadas con las variedades autorizadas por la reglamentación correspondiente, con una edad igual o superior a diez años para las variedades blancas y a quince para las tintas.
La longitud máxima del sarmiento se fija en menor o igual a 140 centímetros para las variedades tintas y a 200 para las blancas; y la producción real o esperada se establece en igual o inferior a 5.500 kilogramos por hectárea para las variedades tintas y a 8.000 para las blancas.
Martínez de Toda ha añadido que, a efectos de cálculo, se entiende como superficie foliar expuesta la superficie externa de la vegetación, sin tener en cuenta la parte inferior que nunca recibe radiación solar directa; y se establece que la producción se determinará por conteo de racimos y peso de las uvas.
Este proyecto también ha tratado de contribuir a incentivar la calidad en el viñedo, dado que el viticultor que cumple estas condiciones obtiene una mayor rentabilidad ante un siniestro.
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